Telefono de ventas

PBX:(+601) 341 10 60

+57 320 270 57 34

+57 320 339 25 65

+57 310 492 84 93

Torres de transmisión eléctrica en Colombia ante los cambios tributarios propuestos en la Ley de Rescate Económico

Foto tomada de: Valora Analitik

Ley de Rescate Económico: incentivos, nuevos impuestos y su impacto en el sector energético colombiano

Sector: Energía y Economía

El Gobierno colombiano presentó un proyecto de Ley de Rescate Económico que propone incentivos tributarios para grandes inversiones, modificaciones al IVA de los combustibles y cambios fiscales que podrían afectar los proyectos de energía solar, movilidad eléctrica y otras actividades del sector energético.

Bogotá D.C., 3 de noviembre de 2026. El proyecto de Ley de Rescate Económico, presentado por el Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella, propone una serie de modificaciones tributarias destinadas a fortalecer las finanzas públicas, promover la inversión empresarial y establecer nuevas condiciones fiscales para diferentes sectores productivos del país.

Entre las actividades que podrían experimentar cambios importantes se encuentran la generación de energía eléctrica, la minería, la producción y comercialización de combustibles, el petróleo, el gas natural y los proyectos asociados con las energías renovables.

La iniciativa, radicada el 29 de octubre de 2026 en la Cámara de Representantes como Proyecto de Ley 477 de 2026, contempla beneficios para inversiones de gran escala, ajustes al impuesto al valor agregado (IVA) y modificaciones relacionadas con la tributación ambiental.

Estas disposiciones todavía se encuentran sujetas al debate y aprobación del Congreso de la República. Por lo tanto, los cambios descritos corresponden a propuestas y no deben interpretarse como obligaciones tributarias que ya estén vigentes.

Régimen RUGE: incentivos para grandes inversiones en energía

Uno de los principales componentes de la reforma es la propuesta de creación del Régimen Único para Generar Estabilidad Empresarial (RUGE), diseñado para atraer capital nacional y extranjero hacia proyectos estratégicos.

Este régimen busca ofrecer condiciones tributarias especiales y mayor estabilidad jurídica a empresas que desarrollen inversiones significativas en sectores como electricidad, infraestructura, petróleo, gas y minería.

Según el análisis divulgado por la firma Serrano Martínez CMA, el acceso al mecanismo requeriría inversiones superiores a 8,14 millones de unidades de valor tributario (UVT), equivalentes a más de 400.000 millones de pesos.

Las compañías que cumplan los requisitos podrían acceder a condiciones fiscales diferenciadas, destinadas a mejorar la viabilidad financiera de sus proyectos.

  • Impuesto de renta del 20 % para proyectos que comiencen en 2027 o 2028, de acuerdo con las condiciones propuestas.
  • Tarifa de renta del 26 % para proyectos que inicien a partir de 2029.
  • Tarifa del 8 % sobre dividendos distribuidos a inversionistas extranjeros que cumplan las condiciones del régimen.
  • Exención del impuesto al patrimonio para los beneficiarios contemplados en el mecanismo.
  • Estabilidad jurídica y tributaria durante 16 años, conforme a las disposiciones que finalmente se aprueben.

La propuesta pretende ofrecer un entorno más predecible para inversiones que requieren importantes recursos de capital y períodos prolongados de recuperación financiera.

En el caso del sector eléctrico colombiano, estas condiciones podrían favorecer el desarrollo de centrales de generación, infraestructura energética y otros proyectos de gran escala.

¿Cómo podría beneficiar el RUGE a los proyectos eléctricos?

La construcción y modernización de infraestructura eléctrica requiere inversiones considerables en equipos, tecnología, ingeniería y obras civiles. Por esta razón, la estabilidad de las condiciones tributarias es uno de los factores que pueden influir en las decisiones de los inversionistas.

Los incentivos planteados podrían contribuir a mejorar las condiciones financieras de proyectos relacionados con la generación de electricidad, infraestructura de transmisión y modernización energética, siempre que estos cumplan los requisitos específicos establecidos para acceder al régimen.

Asimismo, un eventual incremento de las inversiones podría generar nuevas oportunidades para empresas especializadas en ingeniería, construcción, instalación y suministro de materiales y equipos eléctricos.

Sin embargo, el alcance real de estos beneficios dependerá de la aprobación legislativa, las condiciones de acceso y la capacidad de ejecución de los proyectos beneficiarios.

IVA de la gasolina podría pasar del 5 % al 19 %

Otro de los cambios relevantes del proyecto está relacionado con la tributación de los combustibles líquidos. La iniciativa contempla aumentar el impuesto al valor agregado (IVA) de la gasolina del 5 % al 19 % sobre el precio que recibe el productor.

De aprobarse esta modificación, el incremento del impuesto podría trasladarse parcialmente o totalmente al precio final pagado por los consumidores, dependiendo de las condiciones de formación de precios y de las medidas aplicables al combustible.

Este cambio podría representar mayores costos para actividades económicas que dependen del transporte terrestre, la distribución de mercancías y la operación de vehículos que utilizan gasolina.

Para las empresas vinculadas a la cadena de suministro del sector energético, una variación en el costo de los combustibles también podría influir sobre los gastos de transporte y logística.

El diésel tendría un tratamiento tributario diferente

A diferencia de la gasolina, el proyecto contempla mantener un tratamiento diferenciado para el combustible diésel.

Según el análisis jurídico citado en la información original, la propuesta establece exclusiones del IVA aplicables a la venta de este combustible y a determinadas operaciones realizadas por estaciones de servicio.

Esta diferencia tributaria resulta especialmente importante para sectores que utilizan vehículos de carga, maquinaria y equipos industriales, donde el diésel representa uno de los principales insumos operativos.

La aplicación definitiva de estas disposiciones dependerá del texto que resulte aprobado durante el trámite legislativo.

Impuesto al carbono aumentaría progresivamente entre 2027 y 2029

La Ley de Rescate Económico también incorpora modificaciones relacionadas con el impuesto nacional al carbono, un instrumento tributario dirigido a gravar las emisiones asociadas al uso de determinados combustibles fósiles.

De acuerdo con la propuesta, este gravamen experimentaría incrementos graduales entre 2027 y 2029, con el propósito de modificar las condiciones económicas relacionadas con las emisiones contaminantes.

El proyecto contempla además disposiciones asociadas con la certificación de carbono neutralidad. Según Serrano Martínez CMA, el beneficio tributario correspondiente tendría una limitación de hasta el 25 % del gravamen, conforme a las condiciones previstas.

Estas medidas podrían influir en las decisiones de las empresas respecto al uso de combustibles, la eficiencia energética y las estrategias de reducción de emisiones.

Paneles solares podrían perder beneficios tributarios del IVA

Uno de los aspectos que genera especial interés dentro del sector de las energías renovables en Colombia es la propuesta de modificar el tratamiento tributario aplicable a determinados bienes y tecnologías.

Entre los productos mencionados se encuentran los paneles solares fotovoltaicos, cuya situación frente a las exclusiones y exenciones del IVA podría cambiar como resultado de la reforma.

Una modificación de este tipo podría afectar los costos de adquisición de componentes utilizados en proyectos de generación solar, dependiendo del tratamiento que finalmente establezca la legislación.

En consecuencia, empresas desarrolladoras, instaladores, inversionistas y consumidores interesados en soluciones fotovoltaicas deberán prestar atención a las disposiciones definitivas sobre estos equipos.

Es importante diferenciar los cambios propuestos en el IVA de otros incentivos o beneficios tributarios establecidos en la legislación energética, los cuales deben evaluarse de manera independiente.

Vehículos eléctricos, baterías y cargadores también tendrían cambios

La propuesta no se limita a los combustibles tradicionales. También contempla modificaciones tributarias que podrían involucrar tecnologías vinculadas con la movilidad eléctrica y la transición energética.

Entre los bienes mencionados se encuentran los vehículos eléctricos e híbridos, baterías, motores eléctricos, cargadores, electrolineras y motocicletas eléctricas.

Dependiendo de la configuración final de las tarifas y beneficios, estos ajustes podrían influir sobre el costo de adquisición de vehículos, componentes y sistemas de recarga.

Por esta razón, el sector de movilidad sostenible deberá analizar el efecto conjunto de los cambios tributarios, los incentivos vigentes y las condiciones de mercado.

Proyecto contempla mecanismos para resolver controversias aduaneras

La iniciativa incluye una propuesta destinada a facilitar la resolución de determinados conflictos tributarios relacionados con la importación de combustibles líquidos.

Según la firma Serrano Martínez CMA, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podría conciliar o transar controversias originadas por cambios de interpretación de la propia administración tributaria.

El mecanismo estaría dirigido a casos relacionados con declaraciones presentadas hasta el 31 de diciembre de 2025, cuando la cuantía discutida supere las 2.000 UVT.

La propuesta considera la posibilidad de transar hasta el 85 % de las sanciones y aplicar intereses del 4,5 % anual, bajo las condiciones establecidas.

Los interesados tendrían un plazo de seis meses, contado desde la eventual entrada en vigencia de la norma, para presentar las solicitudes correspondientes.

¿Qué significa esta reforma para el sector eléctrico colombiano?

La combinación de incentivos a grandes inversiones y cambios en la tributación de combustibles y tecnologías energéticas plantea diferentes escenarios para las empresas del sector.

Por una parte, el régimen RUGE podría mejorar las condiciones de inversión para determinados proyectos de infraestructura y generación eléctrica.

Por otra, las modificaciones previstas en el IVA de tecnologías como paneles solares, baterías y sistemas de carga podrían incidir en los costos de implementación de algunas soluciones energéticas.

La construcción de nuevos proyectos también puede impulsar actividades asociadas al diseño, montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas, incluyendo el suministro de conductores eléctricos, aisladores, conectores, equipos de protección y materiales de media y alta tensión.

No obstante, estos efectos representan escenarios posibles, no resultados garantizados. Su alcance dependerá tanto de la versión definitiva de la reforma como de la evolución de las inversiones y de la demanda energética.

La Ley de Rescate Económico continúa su trámite en el Congreso

El proyecto legislativo deberá surtir los debates y procedimientos correspondientes en el Congreso de la República de Colombia antes de convertirse en ley.

Durante este proceso, las disposiciones relacionadas con incentivos empresariales, tarifas tributarias y beneficios fiscales pueden ser modificadas, eliminadas o ajustadas.

Por ello, las empresas del sector eléctrico, los inversionistas y los proveedores de tecnología energética deben realizar seguimiento al trámite legislativo antes de adoptar decisiones basadas en los beneficios propuestos.

Importante: la Ley de Rescate Económico es una iniciativa legislativa y las medidas descritas no constituyen cambios tributarios aprobados a la fecha de publicación de esta noticia.

Para consultar la información del proyecto, puede acceder al registro oficial de la Cámara de Representantes de Colombia .

Catálogo especializado

Catálogo de materiales eléctricos

Explora productos eléctricos y componentes para redes, instalaciones e infraestructura de baja, media y alta tensión.